Fines de la Fundación Tajamar

La Fundación Tajamar, desde 1976, tiene por objeto la promoción e impulso de las labores docentes, educativas, sociales, culturales y formativas, actuales y futuras que se realizan en el entorno del Centro Cultural y Deportivo Tajamar, con objeto de que éste pueda continuar realizando su labor de eminente carácter social, públicamente reconocida, a través de sus centros y de las actividades realizadas por otras entidades sin fin de lucro que con él colaboran.

La Fundación puede, en ejercicio de su propia actividad, llevar a cabo cuantas actuaciones sean conducentes al mejor logro de su fin.

Beneficiarios de la Fundación Tajamar. Sectores prioritarios de intervención: Familia, infancia y juventud

Podrán ser beneficiarios de la Fundación tanto el Centro Cultural y Deportivo Tajamar, como las entidades sin fin de lucro que colaboran con él.

También podrán serlo toda clase de personas que directa o indirectamente participen en las actividades realizadas por las entidades relacionadas en el párrafo anterior. En concreto:

  1. Los profesores, alumnos, antiguos alumnos, personal no docente, etc. relacionados con el Centro Cultural y Deportivo Tajamar y sus centros.
  2. Los monitores, colaboradores, beneficiarios, etc. de las entidades sin fin de lucro que colaboran con el Centro Cultural y Deportivo Tajamar, así como toda clase de personas que participen en sus actividades, y
  3. Todas las personas físicas o jurídicas que realicen actividades similares o complementarias a las de la Fundación, y que puedan ayudar a la consecución de su fin fundacional.

Como norma general, se dará prioridad al Centro Cultural y Deportivo Tajamar y a sus centros. Seguidamente, tendrán preferencia las personal físicas o jurídicas que carezcan de medios económicos suficientes para obtener por sí mismos los beneficios deseados, siempre que reúnan los requisitos establecidos en la correspondiente convocatoria.

Cuando se trate de prestaciones no exclusivamente económicas, éstas se concederán siempre en atención a los méritos académicos de los aspirantes.

Si se trata de personas jurídicas, tendrán preferencia las que no persigan fines lucrativos y colaboren más directamente con el Centro Cultural y Deportivo Tajamar y sus centros.

La determinación de los beneficiarios se efectuará por el Patronato con criterios de imparcialidad y no discriminación. Nadie ni individual, ni colectivamente, podrá alegar frente a la Fundación ningún derecho al goce de sus beneficios, ni imponer su atribución a personas determinadas.